Cada vez son más las empresas que deciden contratar los servicios de detectives privados con el fin de luchar contra graves problemas, desgraciadamente tan comunes hoy día como son la competencia desleal, el absentismo laboral, robos o bajo rendimiento de sus trabajadores, todo ello provocado por el descontento generalizado cada vez más frecuente en el ámbito profesional.
De hecho,prácticamente cerca de un 87% de las investigaciones que se llevan a cabo hoy día, corresponden a asuntos laborales propios de pequeñas y medianas empresas. Éstas acuden a la contratación de detectives con el fin de luchar contra la estafa que conlleva este tipo de prácticas realizadas por algunos de sus trabajadores, las cuales perjudican de forma grave a la empresa.
La labor del detective en estos casos, consiste en hacer un seguimiento de la persona bajo la cual recae la sospecha de estar realizando actividades desleales para la compañía en la que trabaja. En algunos casos como ocurre con la competencia desleal el seguimiento puede convertirse en una actividad compleja, debido a que es necesaria la obtención de numerosos datos tales como el estilo de vida, su función o categoría, su círculo más próximo de amistades o los contactos conocidos que puedan estar relacionados con su entorno.
Es importante llevar a cabo este tipo de investigaciones con el fin de que el negocio no se vea perjudicado ni a nivel de imagen, ni en cuanto a su reputación, una situación la cual podría repercutir de forma negativa en su cifra de beneficios y en su posicionamiento frente a competidores.
Además, es igualmente ventajoso para el trabajador, ya que si es inocente no va a existir una sospecha permanente encima de él que pueda perjudicar su empleo, o conseguir perderlo por suposiciones infundadas.
Pero ¿Dónde está el límite? ¿Es legal este tipo de investigaciones?
Depende de la utilización que se realice de la información conseguida.
Según una sentencia del año 2006 en la que se juzgaba la investigación realizada por parte de la empresa a un trabajador que se despidió en el 2004 por estar viendo contenido pornográfico durante las horas de trabajo, dictamina que el despido es improcente si antes no se ha advertido de la limitación del uso particular de Internet, o cuando para investigar al trabajador se puede transgredir su intimidad, en este caso concreto se había puesto un dispositivo de control en su ordenador.
En Alemania, por ejemplo, está prohibido buscar información de los subalternos en Facebook, sin embargo en España concretamente hay un vacío legal en cuanto a la investigación de los empleados a través de la red. No obstante, no existe ningún problema si un investigador privado utiliza la prueba del polígrafo siempre y cuando la persona a la cual se somete lo autorice por escrito.
Autor: GuiaDetectives.com